¿Cómo elijo mi plan?
¿Cómo elijo mi plan?
Consejos para que puedas elegir tu próximo plan de salud de manera clara e informada
Queremos que puedas elegir tu nuevo plan de salud de manera informada y conociendo todas las opciones que tienes, considerando el valor que tendrás que pagar mes a mes y los tipos de cobertura que podrías recibir.
Por esto, te entregamos algunos tips y respondemos tus preguntas más comunes para que te enteres sobre los detalles del sistema y entiendas cómo se calcula el precio de tu plan y las diversas opciones que tendrás para utilizarlo en el día a día, ya sea en centros de salud u otros beneficios que te ofrezca tu nueva Isapre.
¿Qué debo considerar al cotizar un plan de salud?
Lo primero de debes pensar es si tu plan será sólo para ti o si necesitas agregar alguna carga, ya sea legal o médica.
Luego tendrás que definir el tipo de cobertura, eligiendo si quieres un plan de libre elección, un plan con un centro de atención preferente o un plan cerrado.
Finalmente, también puedes revisar los beneficios que te entrega cada Isapre, para sacar el máximo provecho de tu cobertura de salud.
¿Qué debo considerar al cotizar un plan?
Lo primero de debes pensar es si tu plan será sólo para ti o si necesitas agregar alguna carga, ya sea legal o médica.
Luego tendrás que definir el tipo de cobertura, eligiendo si quieres un plan de libre elección, un plan con un centro de atención preferente o un plan cerrado.
Finalmente, también puedes revisar los beneficios que te entrega cada Isapre, para sacar el máximo provecho de tu cobertura de salud.












¿Cómo se calcula el precio de mi plan?
Para calcular tu plan, si este es individual, se debe multiplicar el precio base puesto por la Isapre por el factor de riesgo asociado a tu edad, el que podrás encontrar en nuestras Preguntas Frecuentes y es global para todas las instituciones.
A este monto deberás sumar el costo de la cobertura de las garantías GES que ofrece tu Isapre. Así, obtendrás el precio real a pagar.
En tanto, para cada carga que quieras ingresar, deberás repetir el paso uno (valor del plan x factor de riesgo) y sumar el valor GES, para conocer el costo extra que tendrá en tu plan.
¿Cómo se calcula el precio de mi plan?
Para calcular tu plan, si este es individual, se debe multiplicar el precio base puesto por la Isapre por el factor de riesgo asociado a tu edad, el que podrás encontrar en nuestras preguntas frecuentes y es global para todas las instituciones.
A este monto deberás sumar el costo de la cobertura de las garantías GES que ofrece tu Isapre. Así, obtendrás el precio real a pagar.
En tanto, para cada carga que quieras ingresar, deberás repetir el paso uno (valor del plan x factor de riesgo) y sumar el valor GES, para conocer el costo extra que tendrá en tu plan.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencias hay entre un Plan de Libre Elección, Preferente o Cerrado?
Plan Preferente: Brinda cobertura especial en algunas clínicas u hospitales que hayan sido informadas por la Isapre al momento de contratar el Plan de Salud. Por esto, si te atiendes en los centros de salud especificados, podrías tener mayor cobertura que si lo haces fuera de estos.
Incluso, la cobertura de este tipo de planes puede ser más amplia que los de Libre Elección, pero sólo en los lugares establecidos en el contrato.
Plan Cerrado: Es un Plan que sólo te cubre si te atiendes en los centros de atención de salud especificados por la Isapre. Por lo tanto, no te cubrirán si asistes a otras clínicas u hospitales que estén fuera de lo contratado.
¿Cómo se realiza el pago de mi plan?
El sistema de salud chileno, ya sea para Isapres o Fonasa, exige que el 7% de tu remuneración bruta se destine a tu cobertura de salud.
Pero ¿qué pasa cuando este monto es distinto al valor de tu plan?
Si este monto es mayor al costo de tu plan, se generarán los conocidos excedentes, los que recibirás de regreso en los procesos de Devolución de Excedentes que se realizan cada año por parte de las aseguradoras.
En cambio, si tu 7% no cubre el costo de tu plan, deberás realizar un pago extra a tu Isapre, el que se realizará por planilla si cuentas con contrato vigente o vía pagó automático de cuenta si eres independiente.
¿Qué diferencia a una carga legal de una carga médica?
- Carga legal: Una carga legal es la persona que se incluye dentro del plan de salud y que mantiene parentesco y dependencia económica y legal del contratante del plan.
De esta manera, pueden ser cargas legales el o la cónyuge, sus hijos hasta los 18 años -24 si son estudiantes o sin límite de edad si se encuentran en invalidez-, padres mayores de 65 años, su madre a cualquier edad si se encuentra en estado de viudez o sus nietos o bisnietos huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos. - Carga médica: Las Isapres, a diferencia de Fonasa, permiten agregar otras personas al plan de salud sin que necesariamente sean cargas legales. De hecho, este tipo de carga es muy usado en casos de convivencia o para incluir otros familiares a la cobertura.
Para solicitar la inclusión de estas cargas, el afiliado debe dirigirse a su Isapre y entregar la declaración de salud de la persona. Posteriormente la aseguradora podrá solicitar una evaluación y luego, si es aceptada, realizará la autorización pertinente.
¿Cuánto tiempo debo estar en mi Isapre antes de cambiarme?
Para realizar el cambio de Isapre, el trabajador debe haber cumplido al menos un año de contrato con su actual aseguradora.
A partir de ese momento podrá realizar los trámites de desafiliación de su Plan, para luego realizar la contratación de su nueva cobertura.
¿Qué pasa con mis excedentes si me cambio de Isapre?
Según la ley que actualmente rige el funcionamiento de las Isapres, los excedentes siempre son considerados como propiedad de las personas. Por lo tanto, si el trabajador decide cambiar de institución, su antigua Isapre deberá transferir estos montos a su nueva aseguradora, para que esta gestione esos montos y luego realice la devolución correspondiente.
De esta forma, no pierdes tus excedentes si realizas en cambio de Isapre.
¿Cuál es el factor de riesgo para mi edad?
Según la ley que rige a las Isapres, cada rango de edad está asociado a un Factor de Riesgo, el cual influirá en el costo final de cada Plan de Salud.
De todas formas, este factor no es igual para el Trabajador o Trabajadora que contrate la cobertura o sus cargas, ya que la ley entrega un Factor de Riesgo distinto para cada caso.
Por esto, a continuación te mostramos el Factor que se utiliza según la edad que tengas, para que entiendas cómo se calcula el costo de tu Plan de Salud.
Factor de Riesgo para Contratantes:
Edad | Factor de Riesgo |
De 0 a 19 años | 0.6 |
De 20 a 24 años | 0.9 |
De 25 a 34 años | 1.0 |
De 35 a 44 años | 1.3 |
De 45 a 54 años | 1.4 |
De 55 a 64 años | 2.0 |
De 65 años en adelante | 2.4 |
Factor de Riesgo para Cargas:
Edad | Factor de Riesgo |
De 0 a 19 años | 0.6 |
De 20 a 24 años | 0.7 |
De 25 a 34 años | 0.7 |
De 35 a 44 años | 0.9 |
De 45 a 54 años | 1.0 |
De 55 a 64 años | 1.4 |
De 65 años en adelante | 2.2 |
¿Puedo contratar un Plan si soy extranjero?
Si eres extranjero o extranjera y quieres contratar un plan, puedes hacerlo de manera simple, ya que no necesitas tener un RUT definitivo.
Si tienes un contrato de trabajo, pero sin la cédula, debes presentar:
- Pasaporte
- Planilla de cotizaciones (que tengan el número de identificación provisorio entregado por tu AFP)
- Documento de solicitud de residencia, timbrado y vigente.
Posteriormente, cuando ya tengas tu cédula nacional, deberás acercarte tu ejecutiva para realizar la actualización de tus datos personales.
¿Cómo contrato un Plan si soy Trabajador Independiente?
Si eres Trabajador Independiente, puedes contratar el Plan de Salud que quieras.
Para realizar este trámite, deberás cotizar tu Plan (te invitamos a llenar nuestro formulario para asesorarte de la mejor forma). Cuando elijas la mejor opción, deberás llenar la Declaración de Salud y acreditar tu Renta, presentando las boletas de honorarios que has emitido.
Cabe destacar que, con los cambios a la Ley de Renta, desde 2020 cada Trabajador Independiente deberá cotizar por medio de su Declaración anual, por lo que se descontará de su Devolución de Impuestos el 7% de los ingresos que consiguió durante el año, monto que irá a su Isapre.
Si ese monto cubre el pago anual del Plan de Salud contratado, el Trabajador no tendrá que realizar otros pagos. En cambio, si el monto es inferior, el trabajador deberá pagar la diferencia directamente a su Isapre.
Si soy mujer, ¿tengo que pagar más por mi Plan?
No. A partir de este año, las Isapres no pueden hacer discriminaciones por género entre sus afiliados, por lo que tu Plan tendrá el mismo valor que el que pueda contratar un hombre de tu misma edad.
Incluso, la ley obliga a las instituciones a garantizar la cobertura maternal en todos sus planes, por lo que tampoco pueden realizar cobros extra por este ítem, ya sea para trabajadores o sus cargas, como se realizaba hasta el 2019.
¿Qué es una preexistencia?
Una preexistencia es una enfermedad o lesión médica que sufra el Trabajador o una de sus Cargas antes de la contratación del Plan de Salud.
Al existir una preexistencia, la Isapre podría restringir la cobertura de cada Plan para las atenciones referidas a esa enfermedad, por lo que no podrías acceder a los beneficios del mismo.
Cabe destacar que, con el cambio de la ley realizado este año, las enfermedades o condiciones desarrolladas antes del nacimiento ya no pueden ser consideradas como preexistencia por las Isapres.
De esta manera, situaciones como Síndrome de Down y cardiopatías congénitas, entre otras, ya no pueden ser causal para que la Isapre no acepte tu Declaración de Salud o para que el costo de tu Plan sea excesivo, como era hasta mediados de 2020.