¿Qué puedo hacer si mi Isapre rechaza o reduce mi licencia médica?

Isapres

Si bien se supone que al estar en una Isapre estamos protegidos ante enfermedades y accidentes, uno de los principales casos donde se pone a prueba el servicio que nos entrega nuestra aseguradora es cuando tenemos una licencia médica.

Cuando un trabajador que cotiza en Isapre recibe una licencia, su aseguradora debería hacerse cargo del pago del Subsidio por Incapacidad Laboral, lo que tradicionalmente conocemos como el pago de la licencia, que consiste en un porcentaje del sueldo que debió recibir el trabajador mientras se encontró en reposo o en medio de un tratamiento médico.  

Pero existen casos donde la Isapre rechaza la licencia entregada por los trabajadores o reduce los días de reposo que serán pagados, ya sea por falta de antecedentes o porque considera que la enfermedad no tiene relación con el tratamiento o reposo solicitado por el médico, lo que genera problemas a los cotizantes.

¿A quién debo reclamar en caso de rechazo o reducción de mi licencia?

Si tu Isapre rechaza o reduce el pago de tu licencia médica, debes dirigirte a oficina de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, COMPIN, correspondiente a la dirección que aparece en tu contrato de salud en un plazo no mayor a 15 días hábiles desde que se recibió la notificación.

En la oficina, deberás explicar tu caso y entregar todos los antecedentes, como exámenes y documentos médicos, que demuestren que el reposo o tratamiento solicitado por el médico corresponde al problema diagnosticado y no permite realizar la actividad laboral correspondiente.

Para estos casos, es importante que, junto al documento de apelación a la decisión de la Isapre, se entregue la mayor cantidad de antecedentes médicos posibles, incluyendo órdenes, exámenes e incluso recetas médicas, que demuestren en su conjunto la incapacidad de poder trabajar que tiene la persona.

¿Qué pasa si la COMPIN rechaza mi apelación?

En el caso que la COMPIN también rechace la apelación del cotizante, este podrá realizar una segunda solicitud de apelación ante la misma comisión.  Si ésta es nuevamente rechazada, la persona podrá dirigirse hacia la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), ente que rige a las Isapres y Cajas de Compensación del país y que actuará como la instancia más importante donde se podrá apelar al rechazo.

Cabe destacar que, si en cualquiera de estas instancias la apelación es aprobada, la Isapre estará obligada a hacer el pago del Subsidio por Incapacidad Laboral completo.

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